La Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología (CICYT) es el órgano de planificación, coordinación y seguimiento del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la Ley 13/1986, de 14 de abril (BOE nº 93 de 18 de abril), de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica y posteriores modificaciones, y tiene como finalidad garantizar una política científica integral, coherente y rigurosa en sus distintos niveles de planificación, programación, ejecución y seguimiento, con el fin de obtener del necesario incremento de recursos para la investigación la rentabilidad científico-cultural, social y económica más adecuada a nuestras exigencias y necesidades.
Este órgano colegiado está presidido por el Presidente del Gobierno, o el Ministro en quien delegue, y forman parte del mismo los representantes de los Departamentos Ministeriales que el Gobierno designe.
Funciones de la CICYT:
La mencionada Ley encomienda a la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología la programación de las actividades de investigación de los organismos dependientes de la Administración del Estado, mediante el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, estableciéndose así un nuevo e integrador mecanismo de programación ágil y eficaz y, conjuntamente, una metodología adecuada y moderna para hacer frente al complejo proceso de planificación, coordinación y gestión.
La CICYT, en coordinación con los órganos de planificación económica de la Administración del Estado, elaborará el Plan Nacional, lo someterá al informe de los órganos asesores previstos y lo elevará al Gobierno para su aprobación y posterior remisión a las Cortes Generales.
A la CICYT, además de la elaboración del Plan Nacional, le corresponden las siguientes funciones:
- Proponer la asignación de los fondos públicos y de aquellos privados acordados, destinados a los diferentes programas que integren el Plan Nacional, y atribuir, cuando proceda, la gestión y ejecución de los mismos, así como determinar su duración.
- Coordinar las actividades de investigación que los distintos Departamentos Ministeriales y organismos de titularidad estatal realicen en cumplimiento del Plan Nacional, así como conocer las actuaciones de apoyo y asistencia técnica de aquéllos que tengan relación con las mencionadas actividades
- Coordinar e Integrar en el Plan Nacional los proyectos de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, financiados con fondos procedentes de tarifas por el Gobierno.
- Evaluar el cumplimiento del Plan Nacional y de los programas presupuestarios correspondientes al mismo, sin perjuicio de las competencias propias de los demás órganos de la Administración
- Coordinar con el Plan Nacional las transferencias tecnológicas que se deriven del programa de adquisiciones del Ministerio de Defensa y de cualquier otro Departamento Ministerial.
- Presentar al Gobierno para su elevación a las Cortes Generales una Memoria anual relativa al cumplimiento del Plan Nacional, que comprenda, en su caso, las propuestas de rectificación que estime necesario introducir en la misma.
- Orientar la Política de formación de investigadores en todos sus niveles, proponer medidas para el fomento del empleo de los mismos y facilitar su movilidad en los ámbitos investigador y productivo.
- Recabar, coordinar y suministrar la información científica y tecnológica necesaria para el cumplimiento del Plan Nacional.
- Elevar al Gobierno las propuestas que estime necesarias para asegurar el desarrollo y cumplimiento del Plan Nacional.
Además, a la CICYT le corresponderá definir las exigencias del Plan Nacional en materia de relaciones internacionales y establecer previsiones para su ejecución, todo ello en colaboración con los órganos competentes de la acción exterior del Estado; así como la coordinación y el seguimiento de los programas internacionales de investigación científica y desarrollo tecnológico con participación española, para lo que asumirá las siguientes funciones:
- Distribuir los créditos presupuestarios derivados del correspondiente programa internacional, así como atribuir la gestión y ejecución, en todo o en parte, de dichos programas.
- Incorporar al Plan Nacional proyectos de investigación recogidos en programas internacionales.
- Asegurar los adecuados retornos científicos tecnológicos e industriales en colaboración con el Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial.
- Proponer al Gobierno o designar, en su caso, a quien haya de representar a España en los Organismos Internacionales responsables de los correspondientes programas.
Estructura de la CICYT:
- La CICYT se reúne en forma de dos Comisiones:
- Comisión Plenaria o Pleno, cuya misión es mantener el papel estratégico de dirección de la política española de I+D+I
- Comisión Permanente, organismo encargado de la coordinación de las actividades de I+D+I incluidas en el Programa de Gasto 46, constituida a los efectos de servir de órgano ejecutivo de la CICYT
- Dispone de un Comité de Apoyo y Seguimiento (CAS), más dinámico, creado en 2004 por la Comisión Permanente para implementar las mejoras a corto plazo en la gestión de las políticas de I+D+I
- Y tiene dos Órganos Consultivos:
- El Consejo General de la Ciencia y la Tecnología, órgano responsable de promover la coordinación General entre las Comunidades Autónomas entre sí y con la Administración General del Estado y que dispone de un Grupo de Trabajo que se constituyó en septiembre de 2006
- El Consejo Asesor para la Ciencia y la Tecnología, cuyo fin es promover la participación, junto con los responsables de la planificación, de la comunidad científica y de los agentes económicos y sociales en la elaboración, seguimiento y evaluación del Plan Nacional